La prevención del acoso laboral es esencial para mejorar la calidad de vida en el trabajo y evitar, en última instancia, la exclusión social. Es esencial adoptar medidas en una fase temprana y evitar que el problema se enquiste y deje de tener solución. 

Qué es el acoso laboral o mobbing

El acoso laboral o mobbing se define como el trato ofensivo o vejatorio sistemático al que se ve sometido un trabajador por parte de un compañero, subordinado o superior en su puesto de trabajo. Es un riesgo de tipo psicosocial. Existen diferentes tipos de acoso laboral según la posición jerárquica que ocupe dentro de la empresa el agresor respecto a la víctima. 

  • Acoso vertical descendente. El jefe se aprovecha de su puesto de trabajo. El acosador está en un nivel jerárquico superior al de la víctima.
  • Acoso vertical ascendente. Cuando el jefe es acosado por un trabajador.
  • Acoso horizontal. El acoso se da entre iguales. Acosador y víctima ocupan el mismo puesto jerárquico dentro de la empresa. 

Tipos de acoso laboral según su objetivo

Según el objetivo del acosador para actuar de esta manera, existen varios tipos de acoso laboral y son los siguientes:

  • Acoso estratégico. El objetivo del acoso es que la víctima abandone su puesto de trabajo para que la empresa no tenga que pagar una indemnización por despido improcedente.
  • Acoso disciplinario. Este acoso se produce por parte de algún miembro directivo de la empresa a uno o varios trabajadores. El acosador emplea amenazas para generar miedo a la víctima y que así no ponga en tela de juicio ninguna de sus actuaciones.
  • Acoso de gestión u organizativo. Este tipo de acoso laboral tiene como objetivo crear situaciones de esclavismo laboral para incrementar el rendimiento de los trabajadores. 
  • Acoso laboral perverso. Este acoso lo ejercen algunas personas manipuladoras y tóxicas dentro de una empresa. Intentan hundir a sus compañeros de trabajo para crecer dentro de la empresa. 

Qué situaciones se consideran acoso laboral

Las acciones repetidas en el tiempo por parte de una persona o grupo de personas a un compañero, subordinado o superior dentro del entorno de trabajo que se consideran acoso laboral son las siguientes: 

  • Trato vejatorio y discriminatorio continuado en el tiempo.
  • Conductas acosadoras.
  • Aislamiento.
  • Difamación personal y/o laboral.
  • Sobrecarga de trabajo.
  • Cambios de horario continuos o horarios abusivos.
  • Difusión de rumores.
  • Amenazas o coacciones. 
  • Violencia física y/o verbal.
  • Acoso sexual.

Cómo demostrar el acoso laboral

Antes de denunciar un acoso laboral debemos recabar las pruebas necesarias para demostrarlo. Esta tarea es complicada para la víctima ya que habitualmente teme perder su empleo y el acosador no suele dejar rastro de su comportamiento. Para demostrar el acoso laboral debemos conocer los medios de prueba que regula la Ley de Enjuiciamiento Civil. En primer lugar, se recogerá el testimonio de ambas partes, tanto de la víctima como del acosador. En segundo lugar, las pruebas necesarias que demuestren este acoso como la declaración de testigos, mensajes de texto, correos electrónicos con mensajes vejatorios, fotografías o videos, llamadas grabadas, informes periciales psicológicos, etc.

Cómo denunciar el acoso laboral

Estas situaciones son muy complicadas ya que la víctima muchas veces no identifica que está sufriendo este tipo de acoso hasta que la cosa avanza o se complica. Es importante que una vez identificado, la víctima sepa que caminos tomar para denunciarlo. Te lo mostramos: 

  • Informar al comité de seguridad y salud de la empresa. 
  • Informar al representante gremial siempre que el acoso sea horizontal (acosador y víctima del mismo nivel jerárquico en la empresa).
  • Informar a la dirección de la empresa para que activen el protocolo correspondiente si existiera. 
  • Interponer una denuncia ante la Inspección de trabajo.
  • Presentar una denuncia contra el acosador en los tribunales, por las vías civil y penal.

Qué dice la ley del acoso laboral

La víctima de acoso laboral puede interponer una denuncia por la vía penal ya que es un hecho castigado con pena de prisión.  El artículo 173.1 de la Ley Orgánica 10/1995 del Código Penal establece lo siguiente:  “El que infligiera a otra persona un trato degradante, menoscabando gravemente su integridad moral, será castigado con la pena de prisión de seis meses a dos años. Con la misma pena serán castigados los que, en el ámbito de cualquier relación laboral o funcionarial y prevaliéndose de su relación de superioridad, realicen contra otro de forma reiterada actos hostiles o humillantes que, sin llegar a constituir trato degradante, supongan grave acoso contra la víctima”.  Esta normativa afecta tanto a las personas físicas como a las personas jurídicas. Las empresas pueden ser declaradas por no haber evitado este tipo de conductas y podrían enfrentarse a una sanción económica. 

Consecuencias del acoso laboral

El acoso laboral deriva en múltiples consecuencias físicas y psicológicas para el que lo sufre. Estas consecuencias se pueden dar a corto o largo plazo en la víctima. Algunas de ellas son: 

  • Conductas de aislamiento.
  • Problemas de sueño.
  • Problemas digestivos.
  • Problemas respiratorios.
  • Cansancio.
  • Trastorno de ansiedad generalizada.
  • Trastorno de estrés postraumático.
  • Cambio de personalidad.
  • Depresión.

Si has sentido las consecuencias anteriores ¡no dudes en ponerte en manos de un profesional! Puedes parar esta situación con la ayuda adecuada. En Detectives Beltrán hemos ayudado a más personas con la misma situación que tú. Nosotros podemos ayudarte a con nuestros detectives para acoso laboral. Ponte en contacto con nosotros, te ayudaremos encantados.

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